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8/6/07

¿DÓNDE PUEDE EJECUTAR UNA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA?

En la Ciudad de Arequipa, se ha emitido el PLENO JURISDICCIONAL DISTRITAL DEL ÁREA LABORAL - ACUERDO PLENARIO NRO. 1-2006, en este pleno como uno de los temas que se han tratado es el TEMA 7: COMPETENCIA DE LOS JUZGADOS ESPECIALIZADOS LABORALES RESPECTO DE LA EJECUCIÓN DE RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS FIRMES.
En este Pleno se ha llegado al siguiente acuerdo:
"A los Juzgados Especializados en lo Laboral les compete conocer la ejecución de resoluciones administrativas referidas únicamente a derechos de naturaleza laboral, mas no así de las resoluciones referidas a derechos de naturaleza previsional, cuya competencia corresponde a los juzgados contenciosos administrativos, y en los lugares donde no hayan éstos, a los juzgados civiles."
Como se puede verificar la jurisdicción contencioso administrativa tiene un conflicto de competencia.
Sin embargo, consideramos que en atención al principio de tutela jurisdiccional efectiva tal criterio puede resultar válido.